Normativa para la opción de cambio

 

 

 

 

Requisitos para Obras Sociales Sindicales:
• El trabajador puede ejercer el derecho de opción desde el
momento mismo del inicio de la relación laboral

• El trámite se realiza en forma personal e individual por el titular
afiliado.

• Si el beneficiario reside a mas de 100 Km. de una boca
habilitada por laOSPEDyC. podrá ejercitar su acción a través del traslado de un
funcionario de OSPEDyC. con la documentación pertinente.

• El único lugar autorizado para realizar la opción de cambio es la
sede o delegación de OSPEDyC.

• La opción de cambio puede realizarse una vez al año y se
efectiviza el primer día del tercer mes desde la fecha que realiza la opción.

• El formulario se debe completar sin tachaduras ni enmiendas.
• La documentación a presentar es la siguiente:
• Ultimo recibo de haberes o, en su defecto certificado laboral.
• Documento Nacional de Identidad.
• Al momento de efectuar la opción OSPEDYC debe entregar al
beneficiario:

*Copia amarilla del formulario de Opción.
*Copia del formulario 433/03 beneficiario.
*Cartilla medica con la nomina completa de prestadores.

 

No pueden ejercer el derecho de opción:
• Los beneficiarios que hayan extinguido su relación laboral.
• Los trabajadores cuya retribución mensual sea inferior a los 3

MOPRES.Los formularios una vez completados deberán ser remitidos al
departamento de afiliaciones y traspasos.La presentación no deberá superar los 20 días hábiles desde la fecha de Opción.

 

 
 

 

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